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TRIBUNALES MUNICIPALES DE RIFLE, CONDADO DE GARFIELD, COLORADO

Reconocimiento de Aviso de Derechos

LA CIUDAD DE RIFLE, COLORADO, POR Y DE PARTE DE EL PUEBLO DEL ESTADO DE COLORADO.

I.

No tiene que hacer ninguna declaración con respecto a la infracción de tránsito que se le acusa de haber cometido. Toda declaración que haga podrá ser usada y se usará en su contra.

II.

Tiene derecho a representación en este Tribunal por un abogado a costo suyo. El Juez no le nombrará a ningún abogado para representarle en este caso.

III.

El Juez le explicará la índole de las infracciones de tránsito que se imputan en su contra según el citatorio y la demanda.

IV.

El Juez le explicará la pena y el costo judicial que se podrán imponer en su contra, y los puntos de penalización que podrán ser impuestos contra su derecho de conducir. Puede que los puntos y la pena ya sean dispuestos en su copia del citatorio y demanda.

V.

Toda admisión de culpabilidad o responsabilidad que usted haga en este caso tiene que ser voluntaria y no puede resultar de influencia indebida ni coacción por parte de terceros.

VI.

No se permite modificaciones al convenio declaratorio ni reducciones de las infracciones de tránsito originales que se alegan en el citatorio y demanda.

VII.

Si usted elige negar su culpabilidad de o responsabilidad por las infracciones de tránsito imputadas en el documento acusatorio, este Juez le fijará una fecha definitiva para el Juicio por Juez. No tiene derecho a un Juicio por Jurado.

VIII.

A estas alturas, se le presume no culpable y no responsable de toda infracción, y se le presumirá no culpable y responsable continuamente hasta que se compruebe más allá de una duda razonable que usted es culpable y/o responsable de la infracción de tránsito que se alega en su contra.

IX.

Con respecto a todo Juicio por Juez, usted tiene derecho a atestiguar, emplazar a testigos, presentar pruebas, y contra-interrogar todo testigo del estado.

X.

Una declaración de Culpable o Admisión de Responsabilidad constituye una decisión voluntaria que usted ha
tomado de renunciar 1) los derechos resumidos en este formulario de notificación de derechos y 2) su derecho al recurso de apelación en este caso.

XI.

Si falla en comparecer para alguna audiencia en este caso, el Juez dictará fallo en su contra. El monto del dictamen será la pena apropiada impuesta tras un fallo de culpable o de responsabilidad, más el costo judicial de $30.00. Si no comparece en el Tribunal dentro de siete días de su falta de comparecencia para presentar motivo suficiente o negligencia justificable por su falta de comparecencia, se le mandará el dictamen al Departamento de Vehículos Motorizados y los puntos de penalización apropiados se impondrán contra su derecho de conducir de Colorado.

XII.

Si falla en pagar un dictamen de tránsito, no se le permitirá obtener o renovar una licencia de conducir permanen te de Colorado hasta que todo dictamen por infracciones de tránsito no pagado esté liquidado además de todo costo adicional impuesto conforme con la ley.

XIII.
 RECONOZCO POR EL PRESENTE que la precedente Notificación de Derechos me fue entregada por el Tribunal y entiendo completamente los asuntos que ésta dispone.